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Postergación del pago de contribuciones

Justo cuando la economía del país parecía empezar a recuperarse de la crisis provocada por las protestas sociales de octubre pasado, llegó la pandemia del COVID-19, causando la paralización parcial de varias actividades para tratar de frenar la propagación del virus, con el creciente impacto al mercado inmobiliario.

De ahí que, desde el Estado, se han implementado diferentes medidas de apoyo económicas y tributarias para reducir el impacto de la emergencia en el ámbito financiero y social.

Postergación del pago del impuesto territorial

Una de estas iniciativas es la postergación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII) del pago de la primera cuota del impuesto territorial, cuyo vencimiento era el próximo 30 de abril.

Importante alivio tributario que beneficiará a más de 1 millón 240 mil contribuyentes:

  • 931 mil personas naturales que posean bienes raíces con avalúo fiscal igual o inferior a 133 millones de pesos.
  • 309 mil empresas con ventas anuales inferiores a 350 mil unidades de fomento (UF).

¿Y para cuándo será postergado el pago?

El valor impago será distribuido en tres cuotas iguales y sin intereses, que tendrán que ser canceladas -junto con los demás pagos de contribuciones del año- en junio, septiembre y noviembre de 2020.

Para ejemplificar, si el primer pago por contribuciones de X contribuyente por su departamento es de 220.000 pesos -y el avalúo de su propiedad es de 120 millones de pesos-, ese valor se dividirá en tres pagos iguales que se sumarán a las cuotas a pagar en los meses en mención:

Mes Cuota de ese mes Cuota Proporcional Total
Junio 220.000 pesos. 73.333 293.333
Septiembre 220.000 pesos. 73.333 293.333  + IPC al segundo semestre de este año
Noviembre 220.000 pesos. 73.333 293.333 + IPC al segundo semestre de este año

(Fuente: Servicio de Impuestos Internos)

En este momento de estrechez financiera, la medida supone un gran alivio para aquellos que no pueden cumplir con la obligación tributaria porque vieron mermados sus ingresos.

¿Cómo acceder al beneficio?

Los contribuyentes que se enmarquen en los beneficiarios no tienen que hacer nada para acceder a la postergación, pues se aplicará de forma automática si llegado el 30 de abril no han realizado el correspondiente pago.

Aquellos que tengan registrado el “pago automático de contribuciones” en su entidad financiera, deben desactivar el servicio para evitar que se debite de forma automática.

Cabe señalar que aquellos contribuyentes con la capacidad financiera para hacer el pago y que no desean postergar sus obligaciones tributarias, pueden hacerlo de forma normal hasta antes del 30 de abril.

Realizar la cancelación del impuesto será una gran ayuda para el país, pues se sumará a las arcas fiscales capital para que el Estado pueda seguir cumpliendo con sus obligaciones en el marco de la pandemia.

Artículo escrito por Rafael Gana Koporcic / Déjanos un comentario.

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Imagen de https://pixabay.com/es/

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