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Subsidio al Arriendo 2018: Todo lo que debes saber

subsidio al arriendo

Desde el 17 de Julio y hasta el próximo 16 de octubre, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo convoca su segundo llamado al Subsidio al Arriendo para 2018. Este subsidio, junto a las ayudas económicas para construir, comprar y mejorar viviendas, es parte de los programas de asistencia social del Ministerio.

Este aporte entrega un apoyo mensual de 3,2 UF durante ocho años, sumando un máximo de 170 UF, que pueden ser entregados de manera fragmentada o continuada a familias que estén en condiciones para pagar un arriendo por un monto máximo de 9,2 UF.

Sin embargo, los montos máximos pueden variar según la comuna y región en que esté localizada la vivienda.

Requisitos de postulación

Este subsidio está pensado para aquellas familias allegadas o arrendatarias que cumplan con ciertos requisitos económicos. Los preceptos básicos son los siguientes:

  • El postulante debe ser mayor de 18 años.
  • Debe contar con una cédula de identidad vigente.
  • Los postulantes extranjeros deben contar con una cédula de identidad para extranjeros vigente.
  • Tiene que pertenecer al 70% más vulnerable de la población.
  • Contar con un ingreso familiar mensual entre 7 UF y 25 UF.
  • Incluir en su postulación un cónyuge, conviviente civil o hijo. Los postulantes mayores de 60 años están exentos de este requerimiento.
  • No ser dueño de ninguna vivienda o sitio.
  • No estar beneficiado por otros programas del Ministerio.

El requisito más importante, sin embargo, es relativo al ahorro previo. El postulante debe acreditar un ahorro mínimo de 4 UF, que puede estar tanto a su nombre como el de su cónyuge o conviviente.

Además de estos requisitos, el subsidio al arriendo establece criterios para las viviendas. Entre los más relevantes, están que la vivienda tiene que contar con una zona de estar, un comedor, una cocina, un baño y un dormitorio. Respecto a este último detalle, la vivienda no puede producir hacinamiento, pues deben ser un máximo de tres personas por dormitorio. A esto, se debe agregar que la vivienda no puede tener orden de embargo y debe contar con un rol con destino habitacional y recepción municipal.

Consideraciones para el arrendador

Para quienes arrienden su propiedad a un beneficiario del subsidio, el Ministerio hace algunas aclaraciones. Si el arrendatario no paga su parte del arriendo, el arrendador recibe el dinero del subsidio hasta tres cuotas. Si el arrendatario no entrega su parte del copago, después de tres meses acumulados de deuda, el subsidio es suspendido.

Hay que agregar que el contrato se fija con un monto máximo para el arriendo, por lo que hay limitaciones al momento de cambiar el valor del arriendo.

Las postulaciones para el Subsidio al Arriendo deben realizarse en la página oficial del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través de este enlace. En esa misma página está disponible una guía que sigue el paso a paso de la postulación, para asegurarse que no haya ningún error durante la inscripción o la aplicación.

Perspectivas futuras del Subsidio al Arriendo.

Dada la evolución del mercado inmobiliario en los últimos años, donde los precios del valor de la propiedades han subido, tanto en la venta como en los arriendos, los actuales rangos máximos de este programa, sumado a otros aspectos operativos, han hecho que su alcance real sea bastante menor del esperado inicialmente.

Dado lo anterior, se estima que tanto a nivel de Gobierno, como a nivel de actores del mercado, se encuentran estudiando modificaciones a este programa, de tal forma de poder transformarlo en una herramienta más eficaz en proveer soluciones habitaciones basadas en arriendos, en vez de adquisiciones.

Subsidio al Arriendo

Artículo escrito por: Rafael Gana Koporcic / Déjanos un comentario.

Photo by Peter Gonzalez on Unsplash

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