Con la reciente entrada en vigencia de la Ley N°21.748, ya puedes acceder al subsidio a la tasa de interés hipotecaria para la compra de viviendas nuevas. Una medida concreta para facilitar el acceso a la casa propia, rebajando los dividendos mensuales y complementando con garantía estatal.
A continuación, te presentamos una guía práctica en formato de preguntas y respuestas para entender cómo funciona y cómo aprovechar este beneficio.
¿Quién puede acceder a este subsidio?
Toda persona natural que:
- Adquiera una vivienda nueva (que no haya sido vendida antes).
- El inmueble tenga un valor máximo de 4.000 UF (3.000 UF si se accede con subsidio habitacional MINVU).
- La compraventa no derive de una promesa firmada antes del 31 de diciembre de 2024.
- Cumpla con los requisitos de riesgo de la institución financiera.
¿Qué beneficios entrega la ley?
- Reducción del orden de un 1% en la tasa de interés sobre la oferta base del banco.
- La rebaja es un convinación de subsidio directo a la tasa y una rebaja adicional gracias a la garantía estatal (FOGAES).
- Ahorros estimados entre $76.000 y $100.000 mensuales en dividendos, para una vivienda del orden de las 4.000 UF y plazo 30 años.
¿Se debe postular?
No. No hay formulario ni postulación directa. Solo debes:
- Solicitar un crédito hipotecario en un banco que opere con este beneficio.
- Asegurarte de cumplir los requisitos legales y firmar las declaraciones juradas requeridas.
¿Desde cuándo se puede acceder?
Desde el 18 de junio de 2025, fecha en que comenzó a operar la ley. El beneficio se mantendrá vigente hasta el 29 de mayo de 2027, o hasta agotar los cupos disponibles.
¿Qué pasa si ya tengo subsidio habitacional (DS1 o DS19)?
Puedes combinar ambos beneficios, siempre que el valor de la vivienda no exceda las 3.000 UF y cumplas con los requisitos del programa.
Sin subsidio Minvu el valor de la propiedad es hasta 4.000 UF y puede incluir estacionamiento y bodega.
¿Desde cuándo empieza a aplicar el descuento?
Desde el primer dividendo del crédito hipotecario, una vez otorgado el crédito y formalizada la escritura.
Su vigencia es hasta por 30 años, es decir, por todo el período que dura el crédito pero con tope 30 años.
¿Dónde obtener más información?
- Pregunta directamente a tu banco.
- Visita el sitio del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).
- O revisa nuestra ficha descargable con todas las preguntas y respuestas aquí:
📄 Descargar guía en PDF
Este beneficio está diseñado para impulsar la compra de viviendas nuevas, reactivar el mercado y, sobre todo, facilitar el acceso a un hogar digno para miles de familias chilenas.
También, y con un objetivo de reactivación del mercado inmobiliario, este beneficio aplica para compras de inversión, que puede ser 1, 2 ó mas propiedades, siempre que el comprador sea un inversionista persona natural.
Para buscar proyectos inmobiliarios puedes acceder a www.develop.cl
Ley de Subsidio a la Tasa Hipotecaria
Artículo escrito por Rafael Gana Koporcic / Déjanos un comentario